La Suprema Corte de Justicia reafirma carga de prueba en casos laborales

Santo Domingo, 23 julio – La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia emitió una sentencia que establece que, de acuerdo con el artículo 16 del Código de Trabajo y sus reglamentos, corresponde al empleador demostrar, mediante registros, planillas, carteles y libros de sueldos y jornales, que la remuneración y la cotización reportada a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) no son inferiores a lo que el trabajador alega.

En su fallo SCJ-TS-23-1171, fechado el 20 de octubre de 2023, el tribunal subraya que es el empleador quien debe probar la justa causa del despido en cada instancia, ya sea en primera instancia o en apelación. La sentencia aclara que corresponde al empleador presentar la prueba adecuada para justificar el despido.

La jurisprudencia, según la decisión, afirma que el monto del salario de un trabajador en casos de pago de prestaciones laborales debe ser determinado por los jueces del fondo. Este asunto, que es una cuestión de hecho, no está sujeto a revisión en casación a menos que se haya cometido alguna desnaturalización en el proceso.

Además, el tribunal ha establecido que para el cálculo de las indemnizaciones laborales, se deben considerar los sueldos devengados durante el último año de servicio, incluyendo las deducciones permitidas que haga el empleador, siempre que sean deducciones legítimas al salario ordinario del trabajador.

El fallo de la Tercera Sala de la SCJ anula la sentencia núm. 028-2022-SSEN-00318, dictada por la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional el 13 de octubre de 2022. El caso ha sido remitido a la Segunda Sala de la misma Corte para su revisión.

Comentarios
Difundelo
Permitir Notificaciones OK No gracias