
Ministerio Público busca revocar perdón judicial concedido a Wander Franco por abuso de una adolescente
PUERTO PLATA, 21 sept..— El Ministerio Público informó este lunes que está plenamente preparado para sustentar ante la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata el recurso interpuesto contra la sentencia que concedió un perdón judicial al pelotero Wander Samuel Franco Aybar.
El organismo recordó que el propio fallo declaró penalmente responsable a Franco por abuso sexual y abuso psicológico contra una adolescente, pero posteriormente lo eximió del cumplimiento de una sanción penal.
La audiencia para conocer la apelación fue fijada para este martes 22 de septiembre de 2026, a las 9:00 de la mañana, ante la Corte de Apelación de Puerto Plata.
El recurso fue presentado conjuntamente por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata contra la Sentencia Penal número 272-02-2026-SSEN-00149, dictada por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata.
Mediante esa decisión, el tribunal declaró culpable al acusado de infringir el artículo 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, contenido en la Ley 136-03.
Las disposiciones legales aplicadas se refieren al abuso sexual y psicológico cometido contra una persona menor de edad. Pese a reconocer la responsabilidad penal de Franco, los jueces le concedieron un perdón judicial.
El Ministerio Público sostiene que la decisión constituye una aplicación incorrecta de la legislación y resulta incompatible con la naturaleza y gravedad de los hechos que el propio tribunal consideró demostrados durante el proceso.
El procurador fiscal Claudio Alberto Cordero Jiménez, responsable de la litigación del caso, afirmó que el equipo está preparado para exponer ante la corte las deficiencias contenidas en la sentencia recurrida.
Cordero Jiménez indicó que los fiscales demostrarán que la norma fue aplicada erróneamente al favorecer con un perdón judicial a una persona cuya responsabilidad penal por abuso sexual infantil quedó establecida y probada durante el juicio.
El representante del Ministerio Público expresó su confianza en que los jueces de la Corte de Apelación examinarán rigurosamente los argumentos planteados y adoptarán una decisión ajustada a la Constitución y las leyes.
También resaltó la obligación de garantizar la protección reforzada que merecen los niños, niñas y adolescentes, particularmente cuando son víctimas de delitos sexuales y otras formas de violencia.
Fiscales cuestionan interpretación del perdón judicial
La apelación fue presentada por los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná.
Los fiscales sostienen que el fallo impugnado contiene una interpretación errónea de la figura jurídica del perdón judicial.
Argumentan que ese recurso fue concebido por el legislador para situaciones excepcionales y que las circunstancias necesarias para aplicarlo no se presentan en el caso de Wander Franco.
Según el órgano acusador, la sentencia estableció la responsabilidad penal del acusado por abuso sexual y psicológico contra una adolescente. Por esa razón, considera que la exención total de la pena resulta incompatible con la gravedad, naturaleza y trascendencia social de las infracciones juzgadas.
El Ministerio Público advierte, además, que el perdón concedido debilita los fines preventivos y sancionadores del derecho penal.
A juicio de los fiscales, la decisión también envía un mensaje contrario a la protección especial reconocida por el ordenamiento jurídico dominicano a los menores de edad que han sido víctimas de delitos.
Condena contra la madre no fue apelada
La misma sentencia condenó a la madre de la adolescente a cumplir diez años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos.
Esa parte de la decisión no fue recurrida por el Ministerio Público, por lo que la apelación se concentra en el perdón judicial concedido a Franco.
Con el recurso, el órgano acusador procura que la Corte de Apelación examine de manera integral los aspectos impugnados y revoque la exención de pena otorgada al pelotero.
El Ministerio Público solicita que se imponga una consecuencia jurídica proporcional a la responsabilidad penal declarada, a la gravedad de los hechos demostrados durante el juicio y a la necesidad de garantizar una protección efectiva de los derechos fundamentales de la víctima.
