Nueva resolución limita el número de asesores en instituciones del Poder Ejecutivo

Santo Domingo, 4 de junio – A través de la resolución número 184-2024, el Ministerio de Administración Pública (MAP) anunció nuevas restricciones sobre la cantidad de asesores que las instituciones del Poder Ejecutivo pueden nombrar. Según el comunicado emitido, las entidades solo podrán designar asesores en una cantidad equivalente al número de viceministerios, subdirecciones generales o nacionales, intendencias, subadministraciones o cargos equivalentes que tengan en su estructura organizativa.

No obstante, la resolución excluye de esta normativa a los asesores designados directamente por la Presidencia de la República, a través de los Ministerios de la Presidencia (Minpre) y Administrativo de la Presidencia (Mapre), así como por la Vicepresidencia de la República. También quedan exentos los asesores nombrados por los Ministerios de Defensa (MIDE) y de Relaciones Exteriores (Mirex), siempre que se ajusten a los principios de racionalidad y cumplan con las normativas vigentes en materia de función pública y presupuesto.

El MAP, encabezado por el ministro Darío Castillo Lugo, dejó claro que esta normativa es de carácter vinculante y obligatorio para todos los entes y órganos administrativos bajo la dependencia del Poder Ejecutivo. En casos excepcionales, el MAP podrá autorizar la designación de un mayor número de asesores, siempre que se justifique la necesidad del cargo para cumplir con las competencias, atribuciones, planes y programas institucionales.

Además, la resolución establece que, para la elaboración de los anteproyectos de presupuesto para el año 2025, las instituciones deben presentar sus propuestas de modificación a la estructura de cargos antes del 30 de junio de 2024. Estas propuestas deben incluir el número de asesores, el funcionario de alto nivel al que se reportarán y la escala salarial correspondiente, para su aprobación.

Las instituciones que mantengan asesores en nómina más allá del 31 de diciembre de 2024, en cantidades superiores a las establecidas por la resolución, deberán reubicar a estos asesores en cargos con funciones sustantivas o transversales específicas, vacantes y debidamente necesarios, según lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley número 41-08 de Función Pública. Los asesores que no sean reubicados deberán ser excluidos de las nóminas antes del 31 de diciembre de 2024, recibiendo los beneficios de vacaciones y sueldo 13, según corresponda.

La Dirección General de Presupuesto (Digepres) solo validará para el proyecto de Presupuesto General del Estado de 2025 aquellos cargos de asesores que cumplan con los criterios de la resolución y cuenten con la aprobación del MAP. Asimismo, la Contraloría General de la República solo aprobará pagos de asesores a partir del 1 de enero de 2025 si estos están aprobados por el MAP y han sido incluidos en el Presupuesto General del Estado de 2025.

Estas medidas se enmarcan en la Ley número 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo, la Ley número 247-12 Orgánica de la Administración Pública, la Ley número 41-08 de Función Pública y la Ley número 423-06 Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, entre otras normativas vigentes.

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