Presidente del TC resalta el valor del precedente constitucional en el sistema jurídico dominicano
El magistrado Napoleón Estévez Lavandier abordó el tema al dictar la conferencia «Los precedentes constitucionales vinculados con el ejercicio de la función notarial», en jornada nacional e internacional del Colegio Dominicano de Notarios
El presidente del TC recibió una placa de reconocimiento de manos de los representantes del Colegio Dominicano de Notarios
PUNTA CANA, 2 SEPT. En el marco de la XXXVII Jornada Notarial Nacional y La X Jornada Internacional del Colegio Dominicanos de Notarios, el presidente del Tribunal Constitucional (TC), magistrado Napoleón Estévez Lavandier, dictó la conferencia «Los precedentes constitucionales vinculados con el ejercicio de la función notarial», en la que resaltó el valor del precedente constitucional en el sistema jurídico dominicano y afirmó que el TC tiene el compromiso de velar por la supremacía constitucional y la protección efectiva de los derechos fundamentales.
El presidente del TC aseguró que a través de sus fallos esta alta corte cumple la misión que le fue asignada, además de que interpreta la carta magna de manera dinámica para adaptarla a las nuevas realidades, pero siempre respetando su espíritu y los valores esenciales.
«En definitiva, el precedente constitucional es una herramienta invaluable para fortalecer el Estado de Derecho y la institucionalidad democrática. Los notarios y demás operadores jurídicos tienen el deber de conocer, respetar y aplicar estos precedentes en su práctica profesional, contribuyendo así a la consolidación de un sistema jurídico más respetuoso de la Constitución», agregó.
El magistrado Estévez Lavandier abordó el tema de los precedentes del TC en materia notarial dividiéndolo en dos secciones, la primera relacionada con la naturaleza y el alcance de la función notarial, en la que hizo referencia a las sentencias TC/282/16, TC0226/13 y TC/0081/14, mientras que en la segunda habló del control constitucional y los límites para la elaboración de las disposiciones reglamentarias aplicables a notarios, tomando como base las sentencias TC/0368/19, TC/0205/20 y TC/1088/23.
Al referirse al precedente constitucional y el ejercicio de la función notarial recordó que el artículo 184 de la Constitución dominicana otorgó a las decisiones del Tribunal Constitucional el carácter de precedente vinculante, lo que significa que sus decisiones inciden en el ordenamiento jurídico dominicano.
«El precedente se define como la acción o decisión anterior que sirve como ejemplo o guía para resolver situaciones similares. Esta acepción se conecta con la etimología de la palabra, ya que un precedente jurídico es un caso o una decisión jurisdiccional que «va antes» y que establece un patrón sobre la forma de solución para casos futuros», destacó el magistrado Estévez Lavandier.
Aseguró que las decisiones del TC en materia notarial han impactado el ejercicio de esta función. «Los fallos de la alta corte han logrado explicar y aclarar aspectos importantes sobre su función, el valor de los documentos que suscriben, las facultades del gremio que agrupa a los notarios, entre otros asuntos», agregó.
Función de los Notarios
El magistrado Napoleón Estévez Lavandier refirió que la Ley 140-15 establece las atribuciones de los notarios y resaltó que los elementos fundamentales de una función notarial le confieren «la facultad de otorgar autenticidad y certeza a los hechos y declaraciones en las que participa».
Dijo que en el sistema dominicano la autoridad del notario se pone de manifiesto con el conocido “pagaré notarial”, documento que afirmó «a primera vista resulta sorprendente que un documento que no emana de un juez pueda ser considerado como un título ejecutorio, es decir, esté revestido de una sólida fuerza ejecutoria».
Explicó que, como depositarios de la fe pública, los notarios tienen la obligación de ejercer con responsabilidad y ética la autoridad que el Estado y la sociedad han depositado en ellos. «Además, el notario es responsable de ejercer sus funciones con imparcialidad, siendo honestos en el manejo de las informaciones contenidas en los actos que participa y respetando los derechos fundamentales de todos».
Destacó que las leyes vinculadas a las actuaciones de los notarios han transitado un largo camino, que comenzó en el 1857, con la primera ley sobre notaría, y que continuó hasta el 2015, cuando fue promulgada la actual Ley 140-15.
En la actividad, el magistrado Estévez Lavandier recibió una placa de reconocimiento de manos de los representantes del Colegio Dominicano de Notarios.
Durante la jornada, las palabras de bienvenida estuvieron a cargo de Laura Sánchez, presidente del Colegio Dominicano de Notarios, seguido de una conferencia dictada por el Dr. Arsenio Comas Rodón, presidente del Colegio de Notarios de Puerto Rico.