Prisión preventiva para intérprete de ritmos urbanos Rochy RD, imputado de agresión sexual a una adolescente
El Ministerio Público recordó que el interés superior del niño debe ser tutelado en un Estado de derecho. Además, que su integridad física y psicológica tiene que ser protegida por todos, incluyendo a sus progenitores
SANTO DOMINGO, 1 mayo .- El Ministerio Público logró la imposición de prisión preventiva, por tres meses, en contra del intérprete de ritmos urbanos Aderly Ramírez Oviedo (Rochy RD), imputado de agresión sexual en contra de una adolescente de 16 años de edad.
El órgano persecutor aportó suficientes pruebas con las que demostró que se trata de la medida más adecuada para evitar que el imputado se sustraiga del proceso penal.
El juez Bernardo Coplín, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta jurisdicción, ponderó la gravedad del caso que puso al desnudo el hecho de que el imputado se aprovechó de la vulnerabilidad económica de la víctima para cometer el delito.
El Ministerio Público estuvo representado por los procuradores fiscales Milcíades Guzmán Leonardo, titular de la demarcación, así como por Isaura Suárez y Julissa Hernández, de la Unidad de Atención a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Santo Domingo Este.
Los fiscales solicitaron, mediante instancia, la imposición de la medida de coerción, siendo fijada la audiencia para el domingo 24 de abril.
El juez reenvió la medida para este domingo 1 de mayo a solicitud de la defensa del encartado en el expediente.
En la primera audiencia el tribunal le impuso a la madre de la víctima, como medida de coerción, la presentación de una garantía económica por cinco mil pesos e impedimento de salida del país.
Al mismo tiempo, emitió orden de protección que obliga a la mujer a mantenerse alejada de la víctima (ninguna de las dos es identificada por sus nombres para proteger a la menor afectada en este caso).
Como parte del proceso, el Ministerio Público mantiene abierta una línea de investigación para determinar si el intérprete de dembows tenía a su servicio una red de explotación sexual infantil.
Al informar sobre los resultados de la audiencia, la Unidad de Atención a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales del Ministerio Público agradeció la comprensión de los medios informativos y recordó a las personas que difunden contenidos en redes sociales y otras plataformas digitales, que la ley establece penalidades claras para las personas que incurren en violaciones a los derechos supremos de los menores de edad.
En ese contexto, agradeció a las personas que enmendaron el error de difundir material inadecuado que vulnera los derechos de la víctima del presente proceso.
El Ministerio Público recordó que el interés superior del niño debe ser tutelado en un Estado de derecho. Además, que su integridad física y psicológica tiene que ser protegida por todos, incluyendo a sus progenitores.