Senado aprueba modificación a Ley de Armas para extender vigencia de licencias a dos años

Santo Domingo, 13 de marzo. – El Senado de la República aprobó este jueves en segunda lectura una modificación a la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, con la cual se ampliaría a dos años la vigencia de las licencias de porte y tenencia de armas de fuego en el país.

Esta es la segunda ocasión en que el Senado envía esta iniciativa a la Cámara de Diputados, luego de haber sido aprobada el pasado 9 de marzo y haber perimido en la Cámara Baja. La reforma, propuesta por el senador Alexis Victoria Yeb, representante de la provincia María Trinidad Sánchez por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), introduce modificaciones a varios artículos y literales de la ley vigente.

Sin embargo, la aprobación definitiva de esta reforma dependerá de la Cámara de Diputados, donde será nuevamente sometida a estudio y evaluación antes de convertirse en ley.

Principales cambios en la legislación

Uno de los puntos clave de la modificación se encuentra en el artículo 21, que establece que las licencias de porte de armas serán emitidas de manera “individualizada” y tendrán carácter “intransferible”.

“El período de vigencia de las licencias será de dos (2) años. La renovación deberá ser solicitada por el titular de manera personal e intransferible y se realizará cuando la licencia haya vencido, en casos de cambio de dueño, deterioro o pérdida, siempre que el solicitante no incurra en ninguna de las causales de inelegibilidad”, especifica el primer párrafo del artículo.

Además, la reforma señala que si una licencia no es renovada en el tiempo establecido, se aplicará un recargo mensual del 3% sobre el valor de la misma. Asimismo, otorga a las autoridades policiales la facultad de incautar las armas cuyos permisos se encuentren vencidos.

Otro cambio importante se encuentra en el tercer párrafo de la ley, donde se estipula que, al momento de la expedición de licencias, el Ministerio de Interior y Policía (MIP) deberá tomar las huellas biométricas del solicitante. Adicionalmente, el MIP podrá regular el registro y las características físicas de las armas a través de tecnologías de balística forense.

La modificación también afecta el artículo 14, específicamente los literales “d” del primer numeral y “e” del segundo numeral. Estos establecen que los ciudadanos que deseen optar por un arma de fuego deberán presentar, cada dos años, los resultados de pruebas antidopaje y de alcohol. Dichas pruebas deberán realizarse en un laboratorio acreditado y certificado por el MIP.

Votación y oposición en el Senado

En la segunda lectura de la iniciativa, la modificación legislativa fue aprobada con un total de 22 votos, de los cuales 18 fueron a favor y 4 en contra. Cabe destacar que la propuesta ya había sido aprobada en primera lectura el pasado 19 de marzo.

Respecto a los votos en contra, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, instruyó a los secretarios a dejar constancia en acta de la decisión de la senadora de Puerto Plata, Ginette Bournigal, quien solicitó registrar formalmente su oposición a la medida.

Ahora, la pieza legislativa pasa nuevamente a la Cámara de Diputados, donde los congresistas deberán analizarla y decidir si finalmente se convierte en ley.

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