Sobre la ley de partidos

Leila Mejía

Los principales partidos del país postergaron por años la aprobación de la ley de partidos políticos. El tema usualmente se ponía de moda justo después de un proceso electoral pero luego llegaban nuevas elecciones acompañadas de algunas trilladas excusas para justificar otra vez la no aprobación. Algunas personas afirmaban que un instrumento legal de la citada índole no era la solución a los males de la política y los partidos en República Dominicana en el marco de las elecciones y las campañas electorales, señalando que una ley no evitaría que la corrupción y el narcotráfico de todas maneras financien candidaturas porque se harán esfuerzos para mantener las fuentes ocultas.

Finalmente se aprobó hace casi 4 años, con poca lectura, poco análisis y casi al vapor, una pieza que dista mucho del proyecto original, y que salió del Congreso con tantos errores de forma y de fondo que ha tenido que ser mutilada por el Tribunal Constitucional.

Indiscutiblemente, ninguna ley es la solución perfecta para evitar la comisión de aquellas prácticas que prohíbe. La existencia de un Código Penal, por ejemplo, no ha sido suficiente para evitar atracos, violaciones y asesinatos. No obstante, las leyes, si están bien hechas, reducen en gran medida la frecuencia en la ejecución de ciertas acciones toda vez que desde que la misma es creada y entra en vigencia sirve como elemento disuasivo para quienes potencialmente llevarían a cabo dichas acciones que pasan a ser prohibidas gracias a la ley y además, todavía más importante, prevé mecanismos para sancionar a aquellos a quienes no logra disuadir.

De igual manera, la existencia de una ley que tipifique claramente conductas inaceptables y prohibidas, permite la ventilación de casos a nivel de los medios de comunicación, lo que muchas veces constituye la herramienta más importante para poner en evidencia a quienes cometen las inconductas y con ello complementar el elemento disuasivo que comportan las leyes. Por ejemplo, que exista una ley de medio ambiente en el país no ha evitado la comisión de delitos ambientales por parte de funcionarios públicos, pero si permite que en efecto se hayan realizado sometimientos de alcaldes producto de acusaciones en esta materia, lo que a su vez transparenta ante la población muchas cosas que sin la existencia de la ley no se conocerían.

En el caso de la ley de partidos, para que logre resultados como los descritos, es necesaria con urgencia una modificación que sea producto de discusiones y estudios profundos, pues si bien no es la cura a la discrecionalidad en la captación y manejo de fondos de campaña, puede contener una serie de disposiciones que la conviertan en un gran remedio para prevenir y tratar la enfermedad, contribuyendo a una mejor administración del dinero público y al saneamiento del sistema de partidos políticos en nuestro país.

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