Tribunal Constitucional dictamina que licencia de paternidad actual violenta igualdad de género
Santo Domingo, 31 de octubre. – El Tribunal Constitucional (TC) declaró que los dos días de licencia paterna establecidos en el artículo 54 de la Ley 11-92 del Código de Trabajo son incompatibles con la Constitución, ya que vulneran el derecho a la igualdad de género y el principio de razonabilidad.
La sentencia del TC establece que la última parte del artículo 54 del Código de Trabajo también infringe los derechos de la familia y el principio del interés superior del niño, tal como se establece en varios artículos de la Constitución, incluyendo los artículos 39, 40, 15, 55 y 56.
El Tribunal Constitucional insta al Congreso Nacional a revisar la legislación relacionada con el período de licencia de paternidad en un plazo no mayor de dos años. Deben establecer un nuevo período de duración que sea más acorde con los principios de igualdad y razonabilidad, y ajustarlo progresivamente según las circunstancias socioeconómicas. El objetivo es garantizar que los padres tengan la oportunidad de ejercer la paternidad de manera responsable en igualdad de género, similar a lo que se otorga a las madres.
Esta decisión surge como respuesta a un recurso presentado por la fundación sin fines de lucro Espacio de Reflexión para el Empoderamiento Social en la República Dominicana (ERES-RD) y sus directores, Alberto Fiallo-Billini Scanlon y el abogado Reny de Jesús Mazara.
Alberto Fiallo-Billini Scanlon explicó que la acción legal se basa en la violación del principio de igualdad, ya que el Código Laboral otorga a las mujeres 12 semanas de licencia debido a la lactancia y el desarrollo psicosocial del niño. Además, se considera el interés superior del niño, asegurando que el padre participe en la crianza del niño o niña.
El recurso de inconstitucionalidad también destaca que otros países de la región ofrecen períodos más largos de licencia de paternidad. Por ejemplo, Venezuela otorga 14 días, Colombia 8 días, Ecuador 10 días y Bahamas una semana. En comparación con países desarrollados, la diferencia es aún mayor.
La ampliación de la licencia maternal a 14 semanas en 2017 marcó un hito importante en la protección de la maternidad. Sin embargo, los abogados argumentan que la licencia paternal de dos días es insuficiente y no permite que los padres se involucren plenamente en el cuidado de sus hijos en los primeros días.
La sentencia del TC subraya que esta situación crea estereotipos y discriminación al excluir a los padres de las responsabilidades en el hogar y el cuidado del niño. Además, afecta el interés superior del niño, tal como se establece en la Constitución.
En el Congreso Nacional, se encuentra un proyecto de ley que busca ampliar la licencia por paternidad. El diputado José Horacio Rodríguez, autor del proyecto, espera que esta decisión del Tribunal Constitucional motive al Senado a aprobar el proyecto, que ya ha sido aprobado por la Cámara de Diputados. El proyecto propone otorgar diez días de licencia por paternidad y se espera que fortalezca la familia y promueva la igualdad de género.