Tribunal rechaza demanda contra Anthony Santos por sucesores de Tatico Henríquez

Santo Domingo, 14 mayo – La jueza de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional declaró inadmisible el sometimiento presentado contra el bachatero Anthony Santos por los sucesores legales del autor y compositor dominicano Tatico Henríquez.

La magistrada Clara Luz Almonte tomó esta determinación tras acoger un incidente presentado por la defensa del cantante, el doctor Carlos Balcácer. Balcácer argumentó que la demanda debía haberse presentado por la vía civil en lugar de la penal. La jueza respaldó esta posición al considerar que el sometimiento penal debió ser presentado por Tatico Henríquez en vida y no por sus sucesores, y que, dado que no está vivo, la demanda debió haberse interpuesto por la vía civil, no penal.

Además de cuestionar la forma en que el ministerio público llevó a cabo el proceso judicial, el tribunal fijó la lectura completa de la sentencia para el 4 de julio de 2024.

En la audiencia, Anthony Santos expresó su preocupación por el legado de Tatico Henríquez, lamentando que la situación actual haya desalentado a otros artistas a interpretar sus obras. Santos estuvo acompañado por su abogado, Carlos Balcácer, quien solicitó al tribunal que rechazara la demanda en su contra.

La demanda, presentada en 2022 por Elba Chaljub Mejía y Julio García Reynoso, sucesores legales de Tatico Henríquez, alegaba que ellos son los propietarios reales de la obra musical «Corazón de piedra», según un certificado de la Oficina Nacional de Derecho de Autor.

En la demanda se acusaba a Anthony Santos de grabar, comercializar y modificar la canción «Corazón de piedra», cambiando su título a «La funda». Los familiares reclamaban una indemnización de 10 millones de pesos por daños morales y materiales sufridos.

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