TSE anula resoluciones de la JCE sobre financiamiento y orden en la boleta electoral para 2028

SANTO DOMINGO (República Dominicana), 24 junio .— El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló las resoluciones 07-2025 y 08-2025 emitidas por la Junta Central Electoral (JCE), mediante las cuales se establecían la categorización de los partidos políticos para fines de financiamiento estatal y el orden numérico que estos ocuparían en las boletas electorales de cara al proceso electoral de 2028.

Tras varios meses de debates en distintas audiencias, la alta corte concluyó que las disposiciones de la JCE no se ajustaban al marco legal vigente, específicamente al artículo 61 de la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Esta norma indica que los recursos económicos —y por consiguiente el orden en la boleta electoral— deben distribuirse en función de los resultados obtenidos en la «última elección».

Hasta la emisión de las resoluciones ahora anuladas, esa “última elección” había sido interpretada como los comicios del 19 de mayo de 2024, que incluyeron los niveles presidencial, senatorial y de diputaciones (territoriales y del exterior).

El criterio entonces adoptado, respaldado por una sentencia previa del Tribunal Superior Administrativo (TSA), tomaba en cuenta el mayor porcentaje de votos alcanzado por cada partido en cualquiera de esos tres niveles de forma individual.

Sin embargo, tras las impugnaciones de partidos como País Posible y Alianza País, el TSE determinó que debía considerarse el «último ciclo electoral» en su conjunto.

En consecuencia, ordenó que se sumen los porcentajes obtenidos individualmente por los partidos en cada uno de los niveles disputados tanto en las elecciones municipales de febrero (vocalías, regidurías, direcciones municipales y alcaldías) como en las presidenciales y congresuales de mayo.

Esta decisión implica una reconfiguración del orden de los partidos en la boleta electoral, la cual ya había sufrido unas 28 modificaciones en comparación con la utilizada en el proceso anterior.

Como ejemplo, País Posible, en sus recursos, argumentó que debe ocupar la casilla número siete, amparado en el 2.15% de los votos válidos que obtuvo en el nivel de regidores. Bajo el criterio anterior, dicha posición le correspondería al Partido Esperanza Democrática (PED), liderado por Ramfis Domínguez Trujillo, que había ascendido de la casilla 32 a la siete gracias a los 59,269 votos (1.36%) logrados por su candidato presidencial Roque Espaillat.

No obstante, el nuevo orden deberá ser formalizado nuevamente por la JCE, en cumplimiento de la decisión del TSE.

En cuanto al financiamiento público, la ley establece una distribución escalonada: un 80% se reparte por igual entre los partidos que superen el 5% de los votos válidos; un 12% entre aquellos que obtengan entre el 1% y el 5%; y el 8% restante entre los que alcancen entre 0.01% y 1%.

Según este criterio, el partido País Posible, dirigido por Milton Morrison, se ubicaría en el segundo grupo, correspondiente a las organizaciones que superan el 1% pero no alcanzan el 5%.

La Junta Central Electoral deberá emitir nuevas resoluciones en las próximas semanas para dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Superior Electoral y redefinir tanto el orden de los partidos como la distribución del financiamiento público.

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