Condenan hasta 30 años de prisión a seis hombres por asesinato de niño de 9 años en Santiago

Santo Domingo, 30 julio.– Un tribunal impuso condenas de entre 30 y 15 años de prisión a los seis integrantes de una estructura criminal hallados culpables del asesinato de un niño de nueve años, quien murió tras un ataque a tiros cuando viajaba junto a sus padres en un vehículo por la avenida Circunvalación Norte de Santiago, pocas horas después de que la familia llegara al país procedente de Estados Unidos.
La sentencia fue dictada por el Primer Tribunal Colegiado, que acogió en todas sus partes la acusación presentada por el Ministerio Público, luego de valorar más de un centenar de pruebas materiales, documentales, periciales y testimoniales que permitieron establecer la responsabilidad penal de cada uno de los procesados en el crimen.
Durante las investigaciones, encabezadas por la fiscal Cristina Ramírez junto a un equipo de peritos, las autoridades recolectaron numerosas evidencias en la escena del crimen que permitieron identificar y vincular a los responsables tanto del homicidio del menor como de la tentativa de asesinato contra su padre, Sergio Luis Féliz Mancebo; su madre, María Elisa Batista Rivas; y el conductor del vehículo en el que se desplazaban, Jorge Luis Batista.
En representación del Ministerio Público actuaron durante el juicio los fiscales Juan Elías Pérez y Reyna Jiménez, con el apoyo del aspirante a fiscalizador Mario José Almonte, quienes sostuvieron la acusación que finalmente fue acogida por el tribunal.
Como resultado del fallo, Luis Ángel Vargas Brito fue condenado a 30 años de prisión, al ser identificado como la persona que realizó los disparos mortales contra el vehículo de la familia. En tanto, Tomás Peña Morel, Derlyn Javier Mercado Martínez, César Junior Ulloa Cuevas y Elian Martínez Sánchez recibieron condenas de 20 años de reclusión, mientras que José Manuel Almonte Santana fue sentenciado a 15 años de prisión.
Los jueces Juan Carlos Colón, Claribel Mateo y Gladys de los Santos, integrantes del Primer Tribunal Colegiado, también acogieron la demanda civil y ordenaron que los condenados paguen de manera conjunta una indemnización de 10 millones de pesos a favor de la madre biológica del menor asesinado.
De acuerdo con la acusación, el Ministerio Público logró demostrar que cada uno de los procesados desempeñó un papel específico dentro de la organización criminal, que planificó, vigiló, ubicó, persiguió e interceptó a las víctimas luego de que estas arribaran al país por el Aeropuerto Internacional del Cibao el 19 de abril de 2024.
Las investigaciones establecieron que la familia fue seguida desde su salida de la terminal aérea hasta el sector La Delgada, en Santiago, donde los atacantes ejecutaron el plan criminal.
Según la tesis del órgano acusador, Luis Ángel Vargas Brito fue quien accionó el arma de fuego contra el vehículo, razón por la cual recibió la pena más severa al ser hallado culpable de asesinato, asociación de malhechores, tentativa de asesinato y tentativa de robo agravado.
El Ministerio Público sostuvo que el objetivo de la organización era asesinar a Sergio Luis Féliz Mancebo y despojarlo de dinero en efectivo y prendas de alto valor que presumían transportaba tras llegar desde Estados Unidos acompañado de su esposa e hijo.
La investigación reveló además que Derlyn Javier Mercado Martínez y Tomás Peña Morel, aprovechando la relación de amistad que mantenían con Féliz Mancebo, obtuvieron información privilegiada sobre la fecha exacta de su viaje, la aerolínea utilizada, el número de vuelo y la ruta que recorrería la familia al abandonar el aeropuerto, datos que posteriormente suministraron al resto de los integrantes de la banda para planificar el ataque.
El expediente también establece que, después de perpetrado el crimen, Tomás Peña Morel acompañó al padre del niño hasta el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) con el propósito de conocer detalles del avance de la investigación y transmitir esa información a los demás miembros de la organización criminal.
Con esta sentencia, el tribunal acogió íntegramente la teoría del caso presentada por el Ministerio Público, que calificó los hechos como el resultado de una acción planificada por una estructura delictiva que actuó con el propósito de cometer un robo y que terminó provocando la muerte del menor y poniendo en grave peligro la vida de los demás ocupantes del vehículo.
