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miércoles, 8 de julio de 2026

Tribunal impone garantía económica y presentación periódica a dos hermanos acusados de ejercicio ilegal de la odontología

·7 de julio de 2026·7
Tribunal impone garantía económica y presentación periódica a dos hermanos acusados de ejercicio ilegal de la odontología
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La Vega, 7 julio..– La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de La Vega impuso una garantía económica y presentación periódica por seis meses a dos hermanos imputados por el Ministerio Público de ejercer ilegalmente la odontología y provocar lesiones permanentes a una mujer durante un procedimiento quirúrgico realizado en un consultorio de esta provincia.

La jueza Adaías Sánchez Collado dispuso una garantía económica de RD$75,000 en efectivo contra Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, señalado como la persona que practicó el procedimiento sin contar con el exequátur que autoriza el ejercicio de la profesión. Asimismo, ordenó una garantía económica de RD$20,000 en efectivo para su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, de 52 años, además de presentación periódica para ambos durante seis meses ante el Ministerio Público.

La titular de la Fiscalía de La Vega, procuradora de corte Aura Luz García Martínez, valoró la decisión del tribunal al considerar que acogió los argumentos y elementos de prueba presentados por el órgano acusador durante el conocimiento de la medida de coerción.

De acuerdo con la investigación, Franklin José Almánzar Escarramán realizaba procedimientos odontológicos sin la licencia oficial requerida en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la calle Duarte de esta ciudad.

Los dos imputados fueron arrestados la pasada semana mediante una orden judicial, luego de entregarse voluntariamente ante la Subdirección Regional de la Policía Nacional. El Ministerio Público les atribuye la comisión de delitos relacionados con el ejercicio ilegal de la odontología y complicidad.

La investigación establece que el pasado 17 de enero, alrededor de las 10:00 de la mañana, la víctima acudió al consultorio para recibir atención odontológica. Tras ser evaluada, se le indicó un procedimiento para la extracción de sus cuatro terceros molares, intervención que sería cubierta por su seguro médico y ejecutada por Franklin José Almánzar Escarramán.

Según el expediente, una vez iniciada la cirugía, el imputado aplicó anestesia a la paciente y posteriormente le manifestó que debía cortar el hueso porque, alegadamente, sus dientes eran "de titanio", procediendo a utilizar diversos instrumentos odontológicos durante la intervención.

El Ministerio Público sostiene que, luego de cuatro horas sin lograr extraer las piezas dentales, el imputado decidió cambiar el procedimiento para retirar únicamente una muela superior. Durante ese proceso, la paciente expresó que experimentaba un intenso dolor, ante lo cual se le informó que recibiría una anestesia general para continuar con la intervención.

Tras abandonar el consultorio, la mujer continuó presentando fuertes dolores e inflamación en el rostro, por lo que buscó atención con otros especialistas. Las evaluaciones posteriores determinaron que había sufrido daños en su salud bucal como consecuencia del procedimiento practicado.

La certificación médica incorporada al expediente, expedida el 5 de febrero de 2026 por un centro de salud donde fue atendida posteriormente, establece que la paciente presenta lesiones permanentes consistentes en dolor microfacial, edema facial moderado, herida desgarrada, trismo, parestesia mandibular derecha, alveolitis ambulatoria y atrofia de nervios, además de una persistente inflamación facial.

El órgano acusador sostiene que las actuaciones atribuidas a los hermanos Almánzar Escarramán constituyen una violación a la Ley General de Salud No. 42-01 y a la Ley No. 63-18, que crea el Colegio Dominicano de Odontólogos, indicando que las condiciones en que se realizó el procedimiento pudieron incluso poner en riesgo la vida de la paciente.

Como parte de las pruebas reunidas durante la investigación figura una certificación emitida por el Ministerio de Salud Pública en la que se hace constar que Franklin José Almánzar Escarramán no posee exequátur para ejercer la odontología en la República Dominicana.

El Ministerio Público ha otorgado al caso la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 265, 266 y 285 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 92, 94, 156, 162, 164 y 166 de la Ley General de Salud No. 42-01.

La investigación dio lugar a la emisión de la Autorización Judicial de Arresto No. 2026-AJ0051569, expedida por la jueza Adaías Sánchez Collado, con la que se ejecutó la detención de los dos imputados mientras continúan las pesquisas sobre el caso.

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